¿El banco está obligado a dar carencia si pierdo el trabajo?
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4 respuestas
María Hernández
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13 h.
No, el banco no está obligado a concederte una carencia hipotecaria aunque pierdas el empleo. Es una decisión voluntaria de la entidad, no un derecho automático. Eso sí, si tienes un seguro de protección de pagos vinculado a la hipoteca, ahí sí podrías activar la cobertura siempre que cumplas con las condiciones de la póliza. En la práctica, muchos bancos estudian casos de desempleo y pueden ofrecer carencia temporal de capital o incluso de cuota completa, pero todo depende de tu historial, el valor de la vivienda y la política interna del banco. Mi recomendación es que hables con tu gestor nada más perder el trabajo, expliques la situación y negocies, porque cuanto antes lo hagas, más margen tendrás. Si no llegas a un acuerdo, valora reclamar al Banco de España si hay cláusulas abusivas, pero eso ya es otro cantar.
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Rafael Gómez
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13 h.
Lamentablemente no existe ninguna obligación legal para que el banco te conceda una carencia hipotecaria si pierdes el trabajo. Es completamente voluntario por su parte, como una especie de favor comercial, no un derecho tuyo. Si estás en esa situación, lo mejor es negociar directamente con la entidad, explicar tu caso con datos concretos y ofrecer un plan de pagos realista. A veces acceden si ven que es mejor que ejecutar la hipoteca, pero no te confíes.
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Álvaro Ortiz
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12 h.
Negociar con el banco es la única vía realista, porque no hay ninguna obligación legal que les exija concederte una carencia hipotecaria por desempleo. Es una decisión comercial de la entidad y depende de tu historial de pagos y de las políticas internas de ese momento. Si tienes un seguro de protección de pagos, revisa bien la letra pequeña, pero incluso ahí suelen tener exclusiones y plazos de espera que pueden dejarte sin cobertura justo cuando más la necesitas.
Isabel Navarro
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12 h.
Depende exclusivamente de la política comercial del banco y de tu contrato hipotecario, no de una obligación legal. Lo único que existe es el Código de Buenas Prácticas para deudores vulnerables, pero aplica solo si cumples requisitos muy estrictos de ingresos y patrimonio, y no es automático. ¿Has revisado ya si tu hipoteca tiene alguna cláusula de protección por desempleo incluida en la escritura?